CAE y cobranza TGR

CAE y TGR: la Corte de Valparaíso que frenó un cobro y abrió debate sobre su naturaleza jurídica

Publicado por DRT Abogados · 11 de junio de 2026

Un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso volvió a poner sobre la mesa una pregunta de fondo en la cobranza del Crédito con Aval del Estado (CAE): ¿puede la Tesorería General de la República (TGR) ejecutar esta deuda con las mismas herramientas que usa para los impuestos? El tribunal entregó una respuesta dividida, y eso tiene consecuencias prácticas para quienes hoy enfrentan embargos.

El 11 de junio de 2026, la Tercera Sala de esa Corte acogió un recurso de protección presentado contra la TGR y dejó sin efecto el cobro del CAE en ese caso puntual. Casi en paralelo, otra sala de la misma Corte rechazó cuatro recursos que perseguían un objetivo similar. El resultado es un escenario en el que dos personas con reclamos parecidos pueden recibir respuestas opuestas, según la sala y los antecedentes de cada expediente.

Qué dijo la sala que frenó el cobro

Según lo informado, la Tercera Sala estimó —en fallo dividido— que este tipo de acreencias no serían susceptibles de ejecución mediante la normativa tributaria. Es decir, cuestionó que la deuda del CAE se cobre con el mismo procedimiento de apremio previsto para tributos, por considerar que su origen y finalidad son distintos.

El razonamiento apuntó a la "naturaleza especial" del crédito: nace como una respuesta del Estado frente a la imposibilidad de acceder a estudios superiores de personas sin recursos económicos. Bajo esa lógica, la sala sostuvo que aplicarle el cobro tributario podría lesionar la garantía constitucional de igualdad ante la ley.

Importante: un fallo favorable de una sala no equivale a una regla general para todos los deudores del CAE. Se trata de una decisión sobre un caso concreto, adoptada incluso con votos divididos. No garantiza que otro tribunal —ni otra sala— resuelva de la misma manera.

Por qué otra sala rechazó cuatro recursos

En la vereda contraria, la sala que rechazó los otros cuatro recursos lo hizo de forma unánime y por una razón de fondo procesal: para definir si el CAE puede o no cobrarse por la vía tributaria, primero habría que determinar la naturaleza jurídica de esas obligaciones y el procedimiento aplicable, discusión que —a su juicio— excede lo que puede resolverse en un recurso de protección.

El recurso de protección es una acción cautelar y rápida, pensada para amparar derechos indubitados frente a actos arbitrarios o ilegales. Cuando el conflicto exige un debate amplio sobre la legalidad del cobro, los tribunales suelen señalar que esa discusión debe darse en otra sede, con más prueba y argumentación.

Qué significa "resolver caso a caso"

El punto central de este episodio es que los tribunales están analizando cada presentación de manera individual. Eso implica que el resultado depende de varios factores: la forma en que se plantea el recurso, los antecedentes acompañados, la sala que conoce el asunto y el estado del procedimiento de cobro.

Para un deudor, esto tiene una lectura práctica: no conviene asumir que "ya hay un fallo que anula el cobro" ni, en sentido inverso, que "no hay nada que hacer". Ambas conclusiones son apresuradas. Lo razonable es evaluar el caso concreto antes de decidir qué vía seguir.

Qué considerar antes de litigar contra la TGR

En DRT Abogados seguimos de cerca cómo evoluciona este debate sobre la cobranza del CAE por parte de la TGR. Cada caso es distinto: la estrategia depende del estado del procedimiento, de los bienes afectados y de los antecedentes disponibles. Si estás enfrentando un cobro o un embargo, podemos revisar tu situación y orientarte sobre las vías realistas de defensa o regularización, sin prometer resultados que dependen de la decisión de los tribunales.

Fuente: nota de BioBioChile, "Corte de Valparaíso acoge recurso y deja sin efecto cobro del CAE".

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